Sí, son válidas para efectos fiscales; las referencias al Distrito Federal en las facturas electrónicas, se entenderá hechas a la Ciudad de México y tal situación no se considera infracción a las disposiciones fiscales. Fundamento Legal: Artículo 29-A fracciones I y III del Código Fiscal de la Federación y regla 1.10 de la Resolución Miscelánea […]
Sí, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, establece que cuando existan devoluciones, descuentos y bonificaciones se deberá emitir un comprobante fiscal digital por Internet, el cual es un CFDI de egreso que como lo señala la fracción V del artículo 29 del mismo CFF, una vez […]
Sí, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 25 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
No, es una práctica incorrecta en la cual el cliente (receptor) pretenda obligar al emisor de la factura señalada como forma en que se realizó el pago de la misma- método de pago- un dato que no corresponde con la realidad como señalar “Tarjeta de crédito” cuando en realidad no se ha realizado el pago.
En el caso de expedición de los CFDI, se deberá utilizar el “Catálogo de formas de pago” publicado en el portal del SAT el 03 de junio de 2016, el uso del citado catalogo será exigible a partir del 15 de julio del 2016. El “Catálogo de métodos de pago” contenido en el Anexo 24 […]