De la reforma que sufrió el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación para 2014, a partir del 1o. de enero de 2014, en materia de contabilidad fiscal, destacan los siguientes cambios:
1. Los registros o asientos que integran la contabilidad sólo se llevarán en medios electrónicos (contabilidad electrónica), y la documentación comprobatoria de dichos registros o asientos deberá estar disponible en el domicilio fiscal del contribuyente.
No obstante, mediante el artículo cuadragésimo tercero Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013, las autoridades fiscales difirieron el cumplimiento de la obligación a que se refiere este numeral al 1o. de julio de 2014.
2. Los contribuyentes estarán obligados a ingresar (enviar), de forma mensual, su información contable a través de la página electrónica del SAT (contabilidad en línea), de acuerdo con reglas de carácter general (reglas misceláneas) que se emitan al efecto.
En relación con este numeral, la fracción IV del artículo 22 del Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2014, establece que el ingreso (envío) de la información contable, a través de la página de Internet del SAT, deberá realizarse a partir del ejercicio de 2015, de acuerdo con el calendario que para tal efecto establezca dicho órgano desconcentrado mediante reglas de carácter general (reglas misceláneas).
En la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2014 y en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2014, el SAT emitió las reglas que regulan la contabilidad electrónica, su envío a través de la página del citado órgano desconcentrado, qué contribuyentes van a empezar a cumplir con esta obligación a partir del ejercicio de 2015, quiénes a partir del ejercicio de 2016, qué contribuyentes están liberados de cumplir con esta obligación y el calendario de envío de la información contable a que hace alusión el párrafo anterior.
El 5 de enero del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, denominado “Contabilidad en medios electrónicos”; por la importancia de este anexo, incluimos su texto íntegro en esta obra.
El libro está dirigido, principalmente, a los encargados del cumplimiento de las obligaciones fiscales de las personas físicas y morales, a los estudiantes y profesores de la materia de impuestos, a los despachos de contadores públicos, a los asesores fiscales y, en general, a cualquier persona interesada en el tema.
Contenido de la Publicación
ABREVIATURAS UTILIZADAS
INTRODUCCION
CAPITULO I
CONTABILIDAD FINANCIERA
- Concepto de contabilidad
- Características de la información financiera
- Elementos básicos de los estados financieros
- Postulados básicos del sistema contable
CAPITULO II
CONTABILIDAD FISCAL
- Elementos que integran la contabilidad fiscal
- Requisitos que deben satisfacer los registros o asientos contables
- Registro de las deducciones autorizadas
- Lugar para llevar la contabilidad
- Obligación de llevar contabilidad en medios electrónicos
- Contribuyentes no obligados a llevar contabilidad en sistemas electrónicos con capacidad de generar archivos en formato XML
- Sujetos no obligados a llevar contabilidad en los términos del Código
- Registro de ingresos, egresos, inversiones y deducciones de los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal y de las donatarias autorizadas con ingresos de hasta $2’000,000.00, a través de “Mis Cuentas”
- Opción para las demás personas físicas y asociaciones religiosas no lucrativas de registrar sus ingresos, egresos, inversiones y deducciones, a través de “Mis Cuentas”
- Obligación de llevar contabilidad para los contribuyentes del IVA
- Principales diferencias entre la contabilidad financiera y la contabilidad fiscal
CAPITULO III
ENVIO DE LA CONTABILIDAD A LA PAGINA ELECTRONICA DEL SAT
- Obligación de enviar la contabilidad a la página electrónica del SAT
- Envío de las pólizas y auxiliares a requerimiento de la autoridad fiscal
- Opción para enviar documentos digitales a través del prestador de servicios de recepción de documentos digitales
CAPITULO IV
PLAZO DE CONSERVACION DE LA CONTABILIDAD
- Plazo de conservación
- Forma de computar el plazo de conservación
- Plazo de conservación conforme a las disposiciones vigentes hasta 1997
- Plazo de conservación conforme a la opción que otorgan las disposiciones vigentes a partir de 1998
- Plazo de conservación conforme a las disposiciones vigentes a partir del 2004
- Contabilidad y documentación correspondiente a actos cuyos efectos fiscales se prolongan en el tiempo
- Documentación por los conceptos por los que se haya promovido algún recurso o juicio
- Conservación de actas constitutivas y otra documentación
- Opción de conservar información contable en discos ópticos
- Documentos con firma electrónica avanzada o sello digital
- Documentos que acrediten el origen y procedencia de una pérdida fiscal o préstamo
- Contribuyentes exceptuados de la obligación de conservar la contabilidad y proporcionar
información a las autoridades fiscales
CAPITULO V
OTROS ASPECTOS FISCALES DE LA CONTABILIDAD
Obligación de contar con equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos
en la enajenación de gasolina, diésel y gas
Documentación de personas que no están obligadas a llevar contabilidad
Registro de la destrucción o donación de mercancías
Contabilidad de las pérdidas de sociedades fusionantes
Contabilidad de los contribuyentes residentes en el país con establecimientos en el extranjero
Contabilidad de contribuyentes que cuentan con inversiones en territorios con regímenes fiscales
preferentes
Aplicación de las NIF en las operaciones con partes relacionadas
Inutilización parcial de los libros o demás registros contables
Destrucción o inutilización total de libros y demás registros contables
Contabilidad de comisionistas para efectos del IVA
Contabilidad para efectos de la obligación de proporcionar información sobre clientes y
proveedores
Almacenamiento de comprobantes fiscales digitales
CAPITULO VI
FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES E INFRACCIONES Y DELITOS
FISCALES
Facultad de las autoridades fiscales para revisar la contabilidad
La contabilidad en visitas domiciliarias
Presunciones con respecto a la contabilidad para la comprobación de ingresos
Omisión de adquisiciones en contabilidad
Utilización de la contabilidad para la determinación presuntiva de ingresos
Infracciones y multas relacionadas con la obligación de llevar contabilidad
Infracciones y multas relacionadas con el ejercicio de las facultades de comprobación
Delito de defraudación fiscal calificado por no llevar contabilidad
Delitos relacionados con la contabilidad
CAPITULO VII
CUENTAS DE ORDEN
Concepto y generalidades
Clasificación de las cuentas de orden
Manejo de las cuentas de orden
Presentación de las cuentas de orden en los estados financieros
CAPITULO VIII
CONTABILIZACION DE CONCEPTOS FISCALES
Registro contable de los ingresos fiscales para efectos del ISR
Registro contable del IVA
Registro contable de las deducciones autorizadas para efectos del ISR
Depreciación fiscal
Otras deducciones autorizadas
Registro contable del ajuste anual por inflación
Registro contable de las partidas no deducibles
Registro contable de la ganancia o pérdida fiscal por venta de activos fijos
Registro contable de los impuestos a la utilidad y de la PTU
Reconocimiento contable de los impuestos a la utilidad
Reconocimiento contable de la PTU
Registro contable de la Cufin
Registro contable de la Cuca
CAPITULO IX
MANEJO CONTABLE DE LOS INVENTARIOS Y DEL COSTO DE LO VENDIDO
CONFORME AL SISTEMA DE INVENTARIOS PERPETUOS
Sistema global o de mercancías generales
Sistema analítico o pormenorizado
Sistema de inventarios perpetuos
Manejo contable del procedimiento de inventarios perpetuos
Ejemplo de control contable del almacén mediante el sistema de inventarios perpetuos
APENDICE
Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal
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muy bien