24.- ¿Qué debo registrar en el campo Código Postal del domicilio, cuando dicho código no exista en el catálogo publicado en el Portal del SAT?

Se deberá registrar el Código Postal más cercano al domicilio de que se trate.

Por otra parte, se realizará una actualización a la información de dicho catálogo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *