De conformidad con lo señalado en el penúltimo párrafo del artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes que deduzcan o acrediten fiscalmente con base en la facturación electrónica podrán consultar en la página de Internet del SAT que el número de folios que amparan la facturación electrónica y si al momento de la emisión el certificado del sello digital se encontraba vigente y registrado en dicho órgano desconcentrado.