¿Estoy obligado a guardar en una base de datos especial la facturación electrónica que emita y la que reciba?

De conformidad con la regla 2.7.1.1 de la resolución Miscelánea Fiscal vigente, se establece que los contribuyentes que emitan y reciban facturas electrónicas, deberán almacenarlas en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, en su formato electrónico XML.

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