En el caso del CFD Versión 2, el domicilio del receptor debe tener la dirección, y en la Versión 3, no se requiere. ¿Es correcta la diferenciación? En el caso de que así sea, los de Versión 2 que no cumplan con el esquema de dirección, ¿caen en el supuesto del artículo 109?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *