En caso de la vente de un buen nuevo o usado, cuando el precio del mismo es pagado en dos o más exhibiciones, ¿cómo y cuándo debe expedirse la factura o facturas?

En el caso de pago en parcialidades, para efectos de la emisión del CFDI, el artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, establece que cuando la contra prestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un CDFI por el valor total de la operación en el momento en que esta se realice, y se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, los cuales deberán señalar el folio del CFDI emitido por el total de la operación, señalando además, el valor total de la operación, y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados.

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