¿Cuál será la sanción si un contribuyente emite o utiliza facturas electrónicas que no reúnan los requisitos fiscales?

Se sancionará con las mismas penas aplicables al delito de defraudación fiscal, esto es prisión a quien les de efecto fiscales, dependiendo del monto de lo defraudado.

El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes:

-Con prisión de tres meses  a dos años, cuando el monto de lo defraudado no exceda de $1,221950.00

-Con prisión de dos años a cinco años cuando el monto de lo defraudado exceda de $1, 221,950.00

-Con prisión de tres años a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de $1, 832,920.00

Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será de tres meses a seis años en prisión.
Si el monto de lo defraudado es restituido de manera inmediata en una sola exhibición, la pena aplicable podrá atenuarse hasta en un cincuenta por ciento.
Fundamento Legal: Arts. 108, fracciones I, II y III y 109, fracción VIII del CFF.

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