1.-¿En qué operaciones de comercio exterior se debe transmitir la factura con complemento de comercio exterior de conformidad con la regla 3.1.34.?

En operaciones de exportación clave de pedimento A1 en las que exista enajenación de mercancías, esto de manera opcional desde el 1 de julio de 2016 y de manera obligatoria a partir de 1 de marzo de 2017.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *